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Supuestos Prácticos PT Madrid 2026: Casos Resueltos según Decreto 23/2023

📍 Convocatoria 2026 oficial

Supuestos Prácticos PT Madrid 2026: Casos Resueltos según Decreto 23/2023

162 plazas convocadas en la Comunidad de Madrid (BOCM 12-feb-2026). Tramitación de urgencia: fase de oposición en julio de 2026. En esta guía tienes los supuestos prácticos de Pedagogía Terapéutica adaptados al marco normativo madrileño, con un caso resuelto completo, los criterios del tribunal y los errores típicos que penalizan.

Por qué los supuestos prácticos de PT en Madrid son distintos

La especialidad de Pedagogía Terapéutica en Madrid se evalúa con un marco normativo propio que no encontrarás idéntico en ninguna otra comunidad autónoma. Mientras que el Real Decreto 270/2022 fija las reglas estatales del acceso, los supuestos prácticos del tribunal madrileño se redactan y se corrigen anclados al Decreto 23/2023, de 22 de marzo, del Consejo de Gobierno, que regula la atención educativa a las diferencias individuales del alumnado en la Comunidad de Madrid.

Eso significa que, si te presentas en Madrid, tu supuesto tiene que hablar el lenguaje normativo de Madrid: Plan IncluYo en lugar del antiguo PAD, centros ordinarios de atención preferente, medidas específicas de acceso al contexto escolar, evaluación psicopedagógica conforme al sistema autonómico.

Lo que separa una plaza de quedarse fuera: el opositor preparado en general conoce la LOMLOE y los principios de atención a la diversidad. El opositor preparado para Madrid sabe citar el artículo 15 de la Ley 1/2022, justificar una medida con el Decreto 23/2023, y proponer un Plan IncluYo coherente con la organización del centro madrileño. Las dos décimas que separan tu plaza de la siguiente persona suelen estar exactamente ahí.

Marco normativo específico de Madrid que debes citar

Cuando un tribunal madrileño te plantea un supuesto del tipo «Eres tutor de un alumno de 3.º de Primaria con TEA nivel 1 escolarizado en modalidad ordinaria. La familia solicita refuerzo educativo. Propón una intervención», lo que espera leer no es solo «aplicaré una adaptación curricular». Espera que demuestres que conoces el sistema madrileño concreto:

  • Decreto 23/2023, de 22 de marzo (BOCM 24-marzo-2023): marco general de atención a las diferencias individuales en la Comunidad de Madrid. Es el documento de referencia que debe aparecer citado en cualquier supuesto.
  • Ley 1/2022, de 10 de febrero, de la Comunidad de Madrid: base de la inclusión educativa madrileña. Su artículo 15 regula los centros ordinarios de atención preferente, donde puede escolarizarse el alumnado con necesidades específicas.
  • Plan IncluYo: sustituye al antiguo Plan de Atención a la Diversidad (PAD) en los centros educativos madrileños. Si tu supuesto requiere proponer un plan de centro, hablarás de Plan IncluYo, no de PAD.
  • Orden 2067/2023, de 11 de junio: regula la organización del Bachillerato en tres años académicos para alumnado ACNEAE, una particularidad madrileña aplicable cuando el supuesto te lleve a la etapa post-obligatoria.
  • EOEP organizados en sectores geográficos: en Madrid son los responsables de la orientación del alumnado de primer ciclo de Educación Infantil escolarizado en centros docentes públicos, según el propio Decreto 23/2023.

Citar bien estos referentes no es decorativo: el tribunal lo lee como señal de que has preparado la oposición para Madrid, no de forma genérica. Es la primera diferencia perceptible entre el folio de un opositor estudiado y el de uno que reproduce manual.

Estructura del examen práctico PT en Madrid 2026

La convocatoria de 2026 mantiene el modelo concurso-oposición regulado por el Real Decreto 270/2022. La fase de oposición consta de dos pruebas:

Primera prueba — Prueba de conocimientos

Parte A · Prueba práctica

El tribunal plantea una situación de aula realista que evalúa la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente. Calificación de 0 a 10 puntos; superación con mínimo de 5.

Parte B · Desarrollo escrito de un tema

Dos temas extraídos al azar por el tribunal del temario oficial; el aspirante elige uno. Tiempo máximo dos horas. Calificación de 0 a 10 puntos, debiendo alcanzar al menos 2,5 para sumar.

Segunda prueba — Aptitud pedagógica

Parte A · Programación didáctica

Presentación de una programación didáctica referida al currículo y normativa vigente en el curso escolar 2025/2026. Mínimo de 12 unidades numeradas.

Parte B · Unidad didáctica

Sorteo, preparación y exposición oral de una unidad didáctica.

Lo que la mayoría de manuales generalistas no te cuentan es que, en Madrid, los supuestos prácticos de PT suelen plantearse con un perfil de alumnado real, una etapa educativa concreta y una petición operativa (no teórica): te piden propuesta de intervención, no disertación. Si tu folio se va en definiciones y olvida la propuesta concreta, pierdes puntos aunque el contenido sea correcto.

Caso práctico resuelto: TEA nivel 1 en 3.º Primaria, centro ordinario de Madrid

📋 Enunciado del supuesto

Pablo, 3.º Primaria · TEA nivel 1 · Modalidad ordinaria con apoyo PT

Eres el maestro de Pedagogía Terapéutica de un CEIP ordinario de la Comunidad de Madrid. Recibes la incorporación a tu lista de alumnado de Pablo, 3.º de Educación Primaria, con diagnóstico de Trastorno del Espectro Autista (TEA) de nivel 1 según DSM-5 (necesita ayuda), evaluado por el EOEP del sector. El dictamen de escolarización propone modalidad ordinaria con apoyo del PT. La familia muestra preocupación porque el curso anterior, en otro centro, Pablo presentaba episodios de aislamiento durante recreos y resistencia a actividades en gran grupo. Plantea tu intervención durante el primer trimestre.

Estructura de respuesta recomendada:

1 · Identificación del marco normativo (no más de un párrafo)

La intervención se enmarca en el Decreto 23/2023, de 22 de marzo, que regula la atención educativa a las diferencias individuales en la Comunidad de Madrid, en concordancia con la LOMLOE (Ley Orgánica 3/2020) y el Real Decreto 157/2022 (currículo de Primaria). Pablo es alumnado con necesidades educativas especiales (ACNEE) derivadas de TEA, categoría recogida en el artículo 71 de la LOE modificada por la LOMLOE.

2 · Evaluación psicopedagógica previa

Antes de cualquier intervención, contraste y actualización del dictamen del EOEP con los informes del centro de procedencia. Reunión inicial con la orientadora del centro, el tutor de 3.º y la familia (esta última, dentro del marco del Plan IncluYo del centro). Identificación de fortalezas (intereses específicos de Pablo, habilidades académicas conservadas) y barreras (interacción social no estructurada, rigidez en cambios de actividad).

3 · Propuesta de intervención en tres niveles

a) Medidas ordinarias en el aula de referencia (coordinación con el tutor de 3.º):

  • Anticipación visual de la jornada mediante agenda de pictogramas pegada en la mesa.
  • Establecimiento de un «compañero guía» rotativo cada quincena durante las transiciones de aula.
  • Reducción de estímulos sensoriales innecesarios en su entorno inmediato (luz, ruido, decoración densa).

b) Medidas específicas con intervención del PT (artículo 13 del Decreto 23/2023):

  • Sesiones individuales tres veces por semana (45 minutos) centradas en habilidades sociales pragmáticas: turnos conversacionales, lectura de emociones básicas, resolución de conflictos guiada.
  • Trabajo conjunto con el tutor sobre situaciones reales del aula (por ejemplo, escenificar y desensibilizar progresivamente las situaciones de recreo).
  • Programa de comunicación social estructurada tipo Modelo SCERTS o equivalente, adaptado.

c) Coordinación con la familia y el centro:

  • Reunión mensual con la familia para alineación casa-escuela (recogida en el documento de seguimiento del Plan IncluYo).
  • Sesiones de coordinación quincenal con el tutor de 3.º y el EOEP de sector para revisar evolución.
  • Si el seguimiento del primer trimestre detecta desfase curricular significativo, valorar la apertura de un documento de adaptación curricular individualizada (ACI) con el visto bueno del jefe de estudios y la orientadora, conforme al procedimiento del Decreto 23/2023.

4 · Evaluación y seguimiento

La evaluación de Pablo será competencial, conforme al currículo de 3.º de Primaria, con los ajustes necesarios para garantizar el acceso al currículo (no para rebajar criterios de evaluación, que se mantienen). Al final del primer trimestre, sesión de evaluación con todos los implicados y revisión documental dentro del expediente del alumno.

Este es el patrón de respuesta que un tribunal madrileño espera leer: marco normativo madrileño citado, propuesta operativa estructurada en tres niveles, coordinación con orientación y familia, y mecanismo de evaluación previsto. Si te quedas en «aplicaré adaptaciones porque la LOMLOE promueve la inclusión», pierdes la oposición frente a quien sí baja al caso concreto.

Errores típicos que el tribunal de Madrid penaliza

  • Confundir el Plan IncluYo con el antiguo PAD. Desde la entrada en vigor del Decreto 23/2023, el plan de centro se llama Plan IncluYo. Hablar del PAD es señal inmediata de material desactualizado.
  • Proponer la modalidad de escolarización equivocada. Una de las trampas frecuentes del tribunal es plantear un perfil donde la modalidad ordinaria sigue siendo viable y esperar que el aspirante respete esa decisión del dictamen. Proponer cambio a aula específica sin justificación robusta resta puntos.
  • Olvidar la coordinación con el EOEP. En Madrid los EOEP están organizados por sectores y son referencia obligada en cualquier intervención. Una propuesta que no menciona la coordinación con orientación y con el sector EOEP correspondiente parece una intervención hecha en el vacío.
  • Confundir competencias del PT con las del AL. Los supuestos de PT en Madrid suelen incluir un guiño hacia el ámbito del lenguaje. Si el alumnado descrito tiene un trastorno específico del lenguaje, la intervención principal corresponde al maestro de Audición y Lenguaje (artículo 13.b del Decreto 23/2023); el PT coordina, no sustituye.
  • Genericidad en las medidas. Decir «haré adaptaciones metodológicas» sin concretar cuáles, cómo, con qué materiales y cómo se evaluarán es la respuesta más penalizada. El tribunal busca propuestas accionables, no declaraciones de intenciones.

Convocatoria 2026 — datos oficiales de Madrid

Plazas PT Madrid 2026162
Plazas totales Cuerpo Maestros Madrid685
Reserva discapacidad (7%)48 plazas globales
Norma que convocaResolución 2-feb-2026 (BOCM 12-feb-2026)
Mantenimiento de méritos 2024De oficio
Finalización fase oposiciónJulio 2026 (urgencia)

La tramitación de urgencia es relevante: significa que entre la publicación (febrero) y el examen (junio-julio) hay un plazo más corto de lo habitual. Quien empieza a estudiar en marzo no llega; quien tenía el temario preparado desde 2025 está en posición ventajosa.

Cómo preparar los supuestos prácticos de PT Madrid

Para los supuestos prácticos de PT en Madrid, lo que de verdad marca la diferencia no es saber más temario sino haber resuelto más casos reales bajo el marco normativo madrileño. Un opositor que ha trabajado 30-40 supuestos diversos —TEA, TDAH, discapacidad intelectual leve y moderada, trastornos específicos del lenguaje, altas capacidades, dificultades de aprendizaje, ACNEAE por incorporación tardía, etc.— todos resueltos citando Decreto 23/2023 y Plan IncluYo, llega al examen con un repertorio mental de respuestas estructuradas que el tribunal reconoce.

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Preguntas frecuentes sobre los supuestos prácticos de PT en Madrid

¿Cuánto se valora la cita normativa madrileña en el supuesto?

El tribunal no tiene una rúbrica pública con porcentajes, pero la cita correcta del Decreto 23/2023 y el Plan IncluYo en lugar del antiguo PAD es señal inequívoca de preparación específica para Madrid. En supuestos bien resueltos, suele aparecer al menos una referencia normativa madrileña por bloque de respuesta (marco, medidas, evaluación).

¿Es obligatorio mencionar el Plan IncluYo en cada supuesto?

No es obligatorio por norma, pero sí muy recomendable cuando el supuesto requiere intervención de centro o coordinación de medidas. Si el supuesto se centra en una intervención puntual de aula, basta con citar las medidas concretas del Decreto 23/2023; no fuerces el Plan IncluYo si el caso no lo pide.

¿Qué pasa si el supuesto se refiere a Bachillerato?

Los maestros de PT no ejercen en Bachillerato, pero el tribunal puede plantear un caso de tránsito (4.º ESO a Bachillerato) que afecte a un alumno ACNEAE. En ese caso, la referencia clave es la Orden 2067/2023, de 11 de junio, que regula el Bachillerato en tres años académicos para este alumnado.

¿Cuántas páginas tiene que tener un supuesto bien resuelto?

Entre 4 y 6 caras de folio bien estructuradas, no más. El tribunal corrige docenas de exámenes; un supuesto de 12 páginas mal organizado puntúa menos que uno de 5 con estructura clara. Cuida los apartados, los títulos y los párrafos cortos.

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